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RECLAMACION IMPUESTO DE PLUSVALIA

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Informe Técnico para solicitar la devolución el impuesto de plusvalía municipal

Un Certificado Técnico como medio probatorio de las variaciones sobre el valor del suelo.

En cualquier litigio administrativo o judicial el método de prueba cobra una especial importancia, en el caso del impuesto de plusvalía también. Hace ya unos años era una posibilidad casi remota en tanto no se había creado jurisprudencia en ese sentido.
Actualmente, el informe técnico avalado por un experto perito competente se define a nivel judicial como un acto probatorio de que las fluctuaciones sufridas en el valor del suelo han sido a la baja y no al revés.
Este informe concreto lo hemos desarrollado de forma específica para así poder demostrar que el valor del suelo ha sufrido un descenso considerable y por tanto no es aplicable dicho impuesto. Para ello, nos basamos en la comprobación de los datos obtenidos desde 3 fuentes diferenciadas:
El valor catastral y datos del Instituto Nacional de Estadística, datos de sociedades y empresas de tasación. Por último, nuestros datos propios y experiencia. Con ello, conseguimos justificar de forma fehaciente que se ha producido una variación del valor del suelo entre la fecha de transmisión anterior y la actual.

¿Cuándo se entiende que existe un incremento o disminución reales del valor del terreno urbano?

Para poder considerar estos incrementos o descensos son reales hay que analizar las variaciones del IPC, ya que pueden verse corregidos estos valores con el índice de inflación.
Al incluir este aspecto, conseguimos demostrar y corregir situaciones en las que no existe la obligación de plusvalía al certificar que no existe ganancia en la transmisión del bien. Por tanto, mediante un cálculo del precio del valor del suelo y el IPC o índice de precios al consumidor de la provincia de Sevilla, obtenemos la variación real del precio de suelo urbano.
Nuestros peritos especialistas en la devolución de Plusvalía en Sevilla realizan informes técnicos periciales como método de prueba para reclamar la devolución del impuesto de plusvalía municipal, fundamentando que no se ha obtenido ganancia en la transmisión del bien inmueble. Para realizar esta labor, nuestro equipo se ha coordinado con diferentes despachos de abogados y asesores que destacan la importancia de este informe pericial como pieza fundamental del procedimiento para la reclamación.
En Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 20 de abril de 2016 se concluye que el hecho imponible de plusvalía no se ha producido, eximiendo del pago de la misma. En la citada resolución se expone de manera relevante que el informe pericial del perito es suficiente prueba para estimar que el valor del inmueble ha bajado y que no hay beneficio, ni oportunidad del gravamen.
Varias sentencias relacionadas con el impuesto de plusvalía establecen que la fórmula para el cálculo del impuesto no es correcta aduciendo que se realiza un cálculo incoherente. Además, el cálculo del impuesto de plusvalía debe ser congruente desde el concepto que justifica el impuesto. No es lógico pagar un gravamen a una acción de ganancia de beneficios cuando estos no se han producido.

Reclamar la devolución de la plusvalía en tiempo y forma

Factores determinantes en una Tasación

Tras esta primera oleada de reclamaciones relacionadas con el impuesto de plusvalía, las administraciones están procediendo a una nueva regulación para dar respuesta a la problemática planteada en los Tribunales y que se intente de alguna forma acotar la retroactividad de los efectos. No dudes y reclama ahora el abono indebidamente efectuado en concepto de plusvalia.

Nuestra empresa de tasaciones trabaja de forma estrecha con diferentes despachos de abogados expertos en la reclamación del impuesto de plusvalía en Sevilla. ¡Lámenos ahora al Teléfono 640 512 660 y reclame su devolución!


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